¡Hola, Comunidad EducoLibre!
EL POSIBLE CAMBIO DE PARADIGMA: Analizando el Borrador de la Ley de Libertad Educativa
Sé que muchas de ustedes están con la misma ansiedad que yo, siguiendo de cerca cualquier novedad que pueda afectar nuestro camino de Educación Consciente. Como les conté, estuve analizando, artículo por artículo, esta reforma que quieren ingresar al Congreso, y sí, ¡me desvelé!.
Mi lectura inicial es que, si bien la Constitución y los tratados internacionales ya avalan muchos de nuestros derechos como familia, ver estos puntos aclarados de manera expresa en la ley es un recurso legal fundamental. Es esa herramienta que vamos a tener a mano cuando «se pongan pesados en las instituciones» a la hora de desescolarizar de manera formal.
PERO OJO, REPITAMOS ESTO MUY CLARO: Este texto es un borrador. ESTO NI SIQUIERA ESTÁ INGRESADO AL CONGRESO. Le falta un camino largo, van a modificarlo, y hay que ver los intereses de fondo, como siempre, pero sin duda, es un gran paso.
Ahora sí, ¿cuáles son los puntos clave que nos hacen decir: “¡Sé libre!”?
1. El Rol Preferente de la Familia, por Ley
El pilar de esta reforma nos da la razón, a la hora de interpretar las normativas (Nacionales e Internacionales). Se establece que la familia es el agente natural y primario de la educación de los hijos. Esto refuerza nuestro derecho preferente a elegir las instituciones o proyectos educativos acordes a nuestras convicciones y a la identidad cultural que queremos dar a nuestros hijos.
La libertad educativa se define como el derecho a enseñar y a aprender conforme a nuestras propias convicciones, métodos y proyectos pedagógicos. ¡Esto es oro puro!
2. El Alumno Libre y la Educación en el Hogar (¡En todo el país!)
¡Este punto es vital para la comunidad EducoLibre! Sabemos que la certificación y el marco legal para el «alumno libre» o la educación en casa han estado muy limitados geográficamente (más estructurados en jurisdicciones como CABA o Córdoba).
Esta reforma impulsa la figura del estudiante que acredita sus aprendizajes sistemáticamente a nivel nacional, porque reconoce el derecho a recibir Educación Básica mediante formas alternativas de enseñanza. Estas formas incluyen:
- La Educación en el hogar: Impartida directamente por los padres, tutores, o personas que nosotros elijamos.
- La Educación híbrida: Combinando instancias presenciales y virtuales.
- La Educación a distancia: Específicamente, se menciona la posibilidad de usar instituciones educativas radicadas fuera del territorio nacional. Esto encuadraría legalmente muchas de las certificaciones internacionales que ya manejamos, como la Certificación Internacional de EducoLibre.
Además, se encuadra la educación no formal, entendiéndola como aquella que contribuye al desarrollo integral mediante procesos sistemáticos o asistémicos de enseñanza y aprendizaje, ¡y se establece que los saberes adquiridos por esta vía pueden ser acreditados dentro de la Educación Formal!. (Pero faltaría conocer cómo los acreditarán y qué requisitos pondrán)
3. ¡Chau Palos en la Rueda!
Una de nuestras mayores preocupaciones es que, al salir del sistema formal, nos encontremos con trabas burocráticas o requisitos desproporcionados para certificar los aprendizajes de nuestros hijos.
La ley es muy clara al respecto:
- Libertad total de método: La elección de los métodos, materiales, ritmos y entornos de aprendizaje corresponde enteramente a quienes ejerzan la enseñanza bajo estas modalidades. Si elegís unschooling o una pedagogía específica, esto te protege.
- Acreditación sin discriminación: La validez de las formas alternativas se garantiza acreditando solo los contenidos mínimos comunes. Lo crucial es que se prohíbe imponer requisitos desproporcionados o discriminatorios que restrinjan el ejercicio de estas formas de enseñanza.
- Acceso Universal a la Acreditación: Se exige que las jurisdicciones garanticen el acceso a estos mecanismos (exámenes periódicos o adscripción) mediante instancias públicas, accesibles y distribuidas territorialmente. Esto busca eliminar las barreras geográficas, económicas y administrativas, lo que haría mucho más fácil certificar fuera de las grandes capitales.
En el caso de la educación en el hogar, la acreditación debe permitir a los estudiantes rendir exámenes periódicos o inscribirse a instituciones de Educación Básica.
El Camino por Delante
Como siempre digo, tenemos que mantener la cautela. Si bien es un avance enorme que limita el rol del Estado a ser un garante (subsidiariedad), sin sustituir nuestra responsabilidad familiar, la letra chica de cómo se aplique esto mañana, o cómo lo interprete otro gobierno con intenciones de «Estado paternalista y protector», siempre genera dudas.
Pero por ahora, celebrémoslo como un gran paso que reafirma que lo más importante es el aprendizaje vivo de tu hijo.
Desde EducoLibre, seguiremos acompañándolos en este camino amoroso y valiente. Como comunidad, estamos acá para apoyarte emocionalmente y brindarte la estructura que necesitás para avanzar, sin que tengas que adaptar a tu hijo a un sistema rígido.
Podés Ingresar a más Información para CERTIFICAR INTERNACIONALMENTE (CLICK ACÁ) o para conocer cómo es la MEMBRESÍA DE ACOMPAÑAMIENTO A LAS FAMILIAS EDUCADORAS (CLIK ACÁ)
¡A seguir educando en libertad!




